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Cannabis medicinal en España: los primeros suministros tras un año de espera

España aprobó el cannabis medicinal en 2025, pero los primeros preparados no llegan a los hospitales hasta octubre de 2026. Normas, indicaciones, críticas y comparación con Francia y Alemania.

26/10/2026 · Por Ufuk

Cannabis medicinal en España: los primeros suministros tras un año de espera

España aprobó el cannabis medicinal por Real Decreto en octubre de 2025. Sin embargo, durante un año no llegó a ningún paciente, porque no existía ningún fabricante registrado. En octubre de 2026 empiezan por fin los primeros suministros a las farmacias hospitalarias. Este resumen explica qué está permitido, quién puede acceder y por qué las asociaciones de pacientes consideran el modelo demasiado restrictivo.

Lo esencial en breve. El Real Decreto 903/2025 permite en España fórmulas magistrales elaboradas con preparados estandarizados de cannabis. Solo pueden prescribirlas médicos especialistas en el ámbito hospitalario, se dispensan exclusivamente en las farmacias hospitalarias y únicamente para cuatro indicaciones, cuando otros tratamientos han fracasado. En julio de 2026 se registraron los primeros preparados y desde octubre de 2026 se suministran a los hospitales.

El Real Decreto 903/2025: lo que ha aprobado España

El Real Decreto 903/2025, de 7 de octubre, se publicó en el BOE el 9 de octubre de 2025. No regula las flores de cannabis ni productos de venta libre, sino una vía muy acotada: fórmulas magistrales tipificadas elaboradas en los servicios de farmacia hospitalaria a partir de extractos estandarizados de cannabis. Estos extractos deben tener una composición definida y estar inscritos en un registro público de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

Los preparados con un contenido de THC igual o superior al 0,2 % se consideran sustancias psicotrópicas y están sujetos a los controles correspondientes. Los medicamentos de cannabis fabricados industrialmente y ya autorizados quedan fuera del decreto.

Las cuatro indicaciones

La prescripción solo es posible cuando los tratamientos autorizados no han sido eficaces o no se han tolerado, en los siguientes casos:

  • espasticidad asociada a la esclerosis múltiple,
  • epilepsias graves y refractarias,
  • náuseas y vómitos provocados por la quimioterapia,
  • dolor crónico refractario.

¿Quién prescribe y dónde se dispensa?

  • Solo médicos especialistas del hospital pueden prescribir estas fórmulas. Los médicos de atención primaria quedan excluidos.
  • Solo las farmacias hospitalarias elaboran y dispensan la fórmula. Las oficinas de farmacia no participan por ahora.
  • La base es una monografía de la AEMPS (FN/2026/FMT/043), publicada el 20 de enero de 2026, que describe una solución oral estandarizada de THC y CBD.
  • Para adultos, las dosis máximas diarias son de 32,4 mg de THC y 25 mg de CBD por kilo de peso. En niños se recomiendan fórmulas con predominio de CBD.

Los pacientes permanecen vinculados al circuito hospitalario durante todo el tratamiento. El Ministerio de Sanidad aún no ha concretado cómo se financiará en el sistema público.

Por qué ha tardado un año

El decreto no bastaba por sí solo: sin un preparado estandarizado registrado, ninguna farmacia hospitalaria podía elaborar la fórmula. En enero de 2026, la AEMPS aún advertía de que no habría producto mientras no hubiera un fabricante registrado. No fue hasta julio de 2026 cuando inscribió los dos primeros preparados, CAN-1 y CAN-2, de la empresa Curaleaf. De los cuatro titulares de licencia de cultivo en España, solo esta empresa había completado entonces el registro.

Paralelamente, dos organizaciones farmacéuticas (CEOFA y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos) presentaron recursos ante el Tribunal Supremo en diciembre de 2025 y enero de 2026. No hay fecha para una resolución.

Octubre de 2026: los primeros suministros

A mediados de octubre de 2026, la AEMPS cerró el procedimiento que permite la dispensación en los hospitales. Según medios especializados, en la semana del 19 de octubre debían recibir suministro unos 50 hospitales públicos y privados, con el objetivo de una disponibilidad en todo el país a finales de octubre. El acceso depende, en cada caso, de la valoración del especialista y de las existencias de cada centro.

Críticas: un marco muy estrecho

Asociaciones de pacientes y expertos celebran el inicio, pero consideran el modelo muy restrictivo: solo cuatro indicaciones, solo como última opción terapéutica y solo en el hospital. El farmacólogo Manuel Guzmán estima que en España unas 300.000 personas usan cannabis con fines medicinales y que solo una pequeña parte tendrá acceso al nuevo sistema. La asociación de pacientes Dosemociones habla de un primer paso, no de la meta.

España, Francia y Alemania: comparación

CriterioEspañaFranciaAlemania
Acceso para nuevos pacientesSí, desde octubre de 2026, muy limitadoPor ahora no es posibleSí, con receta normal
Quién prescribeEspecialistas del hospitalEn el futuro, médicos hospitalariosCualquier médico
DispensaciónSolo farmacias hospitalariasPrevista en hospital y farmaciaFarmacias comunitarias
Flores de cannabisNo previstasSin fumar, inhalación solo con dispositivo médicoSe pueden recetar
IndicacionesCuatro, fijadasCinco en el experimentoSin lista cerrada

CBD en España: no confundir con el cannabis medicinal

En España hay muchas tiendas de CBD. Los productos de cáñamo industrial que venden, como cosméticos o productos aromáticos, no son medicamentos, no pueden promocionarse con propiedades curativas y no tienen nada que ver con el nuevo sistema medicinal. Los alimentos con CBD no pueden comercializarse en la UE, donde el CBD se considera un nuevo alimento no autorizado.

En Big CBD Product comparamos productos de CBD y de cáñamo. El cannabis medicinal es cosa de médicos y farmacias.

Preguntas frecuentes sobre el cannabis medicinal en España

¿Es legal el cannabis medicinal en España?

Sí, desde el Real Decreto 903/2025, de 7 de octubre de 2025. Se permiten fórmulas magistrales elaboradas con preparados estandarizados de cannabis, prescritas por especialistas hospitalarios y dispensadas por las farmacias hospitalarias.

¿Para qué enfermedades se puede recetar cannabis medicinal en España?

Para cuatro indicaciones: espasticidad por esclerosis múltiple, epilepsias graves refractarias, náuseas y vómitos por quimioterapia y dolor crónico refractario, solo tras el fracaso de otros tratamientos.

¿Puede un médico de cabecera recetar cannabis en España?

No. Solo los médicos especialistas del hospital pueden prescribir estas fórmulas, y se dispensan exclusivamente en las farmacias hospitalarias.

¿Desde cuándo está disponible el cannabis medicinal en los hospitales españoles?

Los primeros preparados se registraron en julio de 2026. Desde octubre de 2026 se suministra a los hospitales, con el objetivo de una disponibilidad nacional a finales de octubre de 2026.

¿Se permiten las flores de cannabis como medicamento en España?

No. El modelo español no incluye flores, sino preparados estandarizados con los que las farmacias hospitalarias elaboran una solución oral.

Este artículo tiene un fin exclusivamente informativo y no sustituye el asesoramiento médico ni jurídico. Información actualizada a 21 de octubre de 2026.